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¿CÓMO PUEDO EXPORTAR MIS OBJETOS PERSONALES?

Si necesita exportar objetos personales, por ejemplo, porque se traslada por motivos de trabajo, hay algunos puntos críticos que debe tener en cuenta.

Es posible que tenga que traer una cantidad modesta de efectos personales, como ropa, libros u otros productos para el hogar, o una cantidad mayor, como muebles, equipos domésticos o automóviles.

Así pues, dependiendo de la cantidad y el volumen de los efectos personales que desee transportar y del país al que se traslade, deberá determinar si los transporta por tierra, mar o aire.

Además, debe considerar si necesita exportar inmediatamente sus efectos personales, en cuyo caso es prudente utilizar el avión, que es más rápido, pero más caro, o el barco, que es más lento, pero menos caro y es especialmente adecuado para transportar un gran volumen de efectos personales.

Cada una de estas formas de transporte tiene una estructura de precios distinta que varía en función de la distancia recorrida. Además, según el país de destino, puede ser necesario pasar por procedimientos aduaneros más fáciles o más complicados, pagar una serie de tasas y cumplir normas más estrictas o más liberales.

«Los efectos personales pueden exportarse por tierra, mar o aire, según la urgencia de la carga, y cada modo de transporte tiene una tasa basada en la cantidad de artículos que se exportan y el país de destino.»

Si el país de destino es miembro de la Unión Europea, el transporte de efectos personales se simplifica debido a la libre circulación de personas y mercancías de la UE.

Si el destino es un país europeo no miembro de la UE o un tercer país, es prudente informarse sobre los trámites necesarios y las posibles limitaciones a la entrada de objetos personales.

TRABAJAR CON EMPRESAS ESPECIALIZADAS

Sea cual sea la vía elegida, se recomienda tratar con una empresa de transporte terrestre que pueda encargarse de la carga de los objetos personales en origen, de su transporte en camión, que es la opción menos complicada y menos costosa, y de su descarga en destino.

Si va a exportar por vía marítima o aérea, la empresa de transporte que elija debe garantizar que se encargará de la recogida y carga de sus efectos personales en un contenedor adecuado, contratando el transporte por barco o avión hasta el país de destino, y trasladando los efectos personales a la dirección de destino final que haya especificado.

Si no está seguro de cómo exportar sus efectos personales y tiene dudas sobre el método más rentable, es prudente recurrir a los servicios de una empresa transitaria especializada.

Por ejemplo, un transitario puede aconsejarle si sus efectos personales caben en un contenedor de 20 o 40 pies, o si es más apropiado un grupaje (contenedor compartido con los productos de otros clientes) si sus efectos personales no llenan un contenedor.

«Si no está seguro de cómo exportar sus efectos personales y tiene dudas sobre el método más rentable, es prudente contar con los servicios de una empresa transitaria especializada».

Además, le notificará qué objetos personales puede exportar y cuáles no.

Así, podrá transportar muebles, electrodomésticos, ropa y libros a través de los países siempre que no estén clasificados como mercancías peligrosas, es decir, que puedan incendiarse o provocar un accidente.

Estará prohibida la exportación de efectos personales como animales y plantas vivas, alimentos frescos (frutas, verduras, carne, etc. ), bebidas, artículos de limpieza o perfumería, medicamentos y productos farmacéuticos, cigarrillos, artículos combustibles o explosivos y armas de fuego.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA?

Para exportar artículos personales desde España a otra nación, necesitará, en esencia, lo siguiente

  • Fotocopia del permiso de conducir, del documento nacional de identidad o del pasaporte.
  • Inventario del contenido, incluyendo una descripción de los efectos personales y una valoración de su valor.
  • Los datos de salida de la empresa de transporte
  • Autorización para el despacho de exportación (Lizanmar Logistic le proporcionará un modelo).

Si envía los efectos personales por vía marítima, necesitará el B/L o conocimiento de embarque como documento principal de tránsito. El transitario puede adquirir y tramitar este papeleo con la empresa de transporte.

Por otro lado, es prudente asegurar los artículos personales para la exportación, ya que esta cobertura cubrirá cualquier pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.

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