Clase 7. Material Radioactivo.
Se etiquetan según 4 categorías:
- Categoría I. Para bultos con un máximo nivel de radiación en la superficie de 0.5 milirem/h. Tienen una etiqueta blanca con un símbolo de trébol color negro, junto a la leyenda: “Radioactivo” y una barra vertical roja. En la etiqueta también figuran los siguientes datos: “Contenido y actividad”; ”Índice de transporte”, así como un número 7 en el ángulo inferior.
- Categoría II. Para bultos con un nivel de radiación en la superficie mayor a 0.5 milirem/h, sin exceder los 50 milirem/h. El índice de transporte no debe superar 1.0. En caso de contenedores, se etiquetan aquellos donde el índice no supere 1.0, y no tenga bultos visibles de categoría III.
- Categoría III. Para bultos con un nivel máximo de radiación en superficie de 200 milirem/h, o contenedores con un índice menor o igual que 1.0 y transporte bultos visibles de categoría III. Su etiquetaje es amarillo en la parte superior y blanco en la inferior. Tiene el símbolo de trébol en color negro y la leyenda "Radioactivo" seguida de dos o tres barras verticales según la categoría a la que pertenece. En la etiqueta figuran los mismo datos que en la categoría I.
- Categoría IV. Materiales fisionables. Su etiqueta es blanca con leyenda: “FISIONABLE” en color negro, en la parte superior, y en la parte inferior, un recuadro que diga “Índice Cuidado Crítico” y el número 7.